La mayoría de las multas que vemos no nacen de mala fe ni de falta de dinero: nacen de fechas olvidadas. Por eso armamos este calendario con las obligaciones más comunes de un pequeño negocio en Honduras. Guárdalo, imprímelo, pégalo junto a la caja — y si prefieres no pensar en él nunca más, para eso estamos nosotros.

Cada mes: la declaración del ISV

Si tu negocio vende productos o servicios gravados, la declaración del Impuesto Sobre Ventas se presenta dentro de los primeros 10 días calendario del mes siguiente: lo de enero se declara a más tardar el 10 de febrero, lo de febrero el 10 de marzo, y así todo el año.

Consejo: no lo dejes para el día 10. Cualquier tropiezo — un dato faltante, la plataforma saturada — te convierte en moroso por horas.

Enero: renovación del permiso de operación

Las municipalidades renuevan los permisos de operación en enero. Si tu permiso está vencido, operas en falta y te expones a multas municipales. Es también un buen mes para revisar que tu RTN esté actualizado: dirección, actividad económica y obligaciones.

30 de abril: la declaración anual del ISR

La fecha grande del año. El Impuesto Sobre la Renta del período fiscal anterior (enero a diciembre) se declara y paga a más tardar el 30 de abril. Aplica a personas naturales con ingresos gravables y a todas las personas jurídicas.

Llegar bien a abril no se improvisa: se construye con registros ordenados desde enero. Si abril te agarra reconstruyendo facturas de hace un año, el problema no es abril — es el sistema de registro.

30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre: pagos a cuenta

Si tu declaración anual generó impuesto, el SAR programa pagos a cuenta: anticipos del ISR del año en curso, en tres cuotas — 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre. No son impuesto adicional: se acreditan a tu favor en la siguiente declaración anual de abril.

El error común: olvidar que existen. Como no llega factura ni cobrador, muchos negocios los descubren cuando ya generaron multas e intereses.

El año fiscal de un negocio pequeño, de un vistazo

FechaObligación
Primeros 10 días de cada mesDeclaración mensual de ISV
EneroRenovación del permiso de operación municipal
30 de abrilDeclaración anual del ISR
30 de junioPrimer pago a cuenta
30 de septiembreSegundo pago a cuenta
31 de diciembreTercer pago a cuenta

Importante: este calendario cubre las obligaciones más comunes. Según tu actividad pueden aplicar otras (retenciones, impuestos municipales, tasas especiales, declaraciones informativas). Y cuando una fecha cae en día inhábil o el SAR publica prórrogas, los plazos pueden moverse — verifica siempre el aviso oficial vigente.

Cómo no volver a fallar una fecha

  1. Pon las fechas donde las veas: calendario del teléfono con alarma una semana antes.
  2. Prepara con anticipación: los documentos del ISV listos el día 5, no el día 10.
  3. Delega el calendario completo: nuestros clientes no memorizan ninguna de estas fechas — nosotros las cumplimos por ellos y les avisamos antes de cada vencimiento.

¿Prefieres que estas fechas dejen de ser tu problema? Nosotros llevamos tu calendario fiscal completo: preparamos, te avisamos y presentamos a tiempo, todos los meses. Escríbenos por WhatsApp y olvídate de las multas por olvido.